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El Gobierno finalmente ha alcanzado este miércoles un acuerdo sobre el Real Decreto-Ley del proceso extrajudicial que permitirá a los clientes afectados por las cláusulas suelo abusivas reclamar a su entidad financiera lo pagado de más en su hipoteca. El mecanismo extrajudicial es gratuito para los consumidores y obliga al banco a entablar una negociación bilateral. Los puntos más destables del acuerdo son los siguientes:

  • Comunicación individual: Las entidades estarán obligadas a comunicar a sus clientes con cláusulas suelo en su hipoteca, uno por uno, que pueden acudir a este proceso para reclamar. El banco puede optar por acceder a compensar a su cliente o puede reintegrarle el dinero en efectivo en su cuenta. El banco igualmente puede optar por otras fórmulas como reducir el crédito pendiente de devolver u ofrecer cambios en las condiciones de la hipoteca como un tipo de interés más bajo. Por lo tanto, no hay obligación por parte de las entidades bancarias de devolver todo el dinero de las cláusulas suelo.
  • Duración: El procedimiento tiene un plazo máximo de tres meses. Dentro de dicho tiempo se producirá el reintegro del dinero si hay un acuerdo. Si el cliente no está de acuerdo con la compensación podrá acudir a los tribunales.
  • Voluntario: El procedimiento será voluntario para el consumidor, esto es, no tendrá que pasar obligatoriamente por él antes de ir a la vía judicial.
  • Tributación: Los clientes que recuperen el dinero de las cláusulas suelo deberán regularizar su situación con la Agencia Tributaria si aplicaron en su día la deducción por vivienda habitual en la declaración de renta. En cambio, los clientes que no realizaron dicha deducción no deberán tributar ni por el importe recuperado ni por los intereses de demora.
  • Costas: Si el consumidor consigue en los juzgados más de lo que le ofrece el banco, será este el que pague a su abogado; pero si obtiene menos de lo ofrecido, será el afectado el que pague las costas, es decir, los honorarios de su abogado y del banco.

Por último, en referencia a la reclamación de los gastos hipotecarios, este nuevo Real Decreto-Ley lo ha dejado al margen. Se espera un segundo Real Decreto-Ley donde se regule esta reclamación una vez que quede aprobado el mecanismo extrajudicial para recuperar las cantidades abonadas de más a la banca por estas cláusulas.

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